Derecho Animal
Ni la inteligencia, ni la capacidad para hablar son fundamentos para obligar a sufrir, reducir a la esclavitud o privar de la libertad sin proceso judicial a otros seres, en este caso un animal.
Los animales no humanos también tienen dignidad, y como tal hoy el derecho animal es materia de estudio en universidades públicas y privadas como en posgrados universitarios.
Este nuevo paradigma hacen que la propia industria y el Estado requieran conocimientos jurídicos sobre derecho animal con la mirada en su bienestar y considerar sus derechos, teniendo en cuenta asimismo el papel que muchas especies desempeñan en los ecosistemas y la biodiversidad entendida como un derecho constitucional al ambiente que nos afecta colectivamente.
A raíz de ello, incluso países desarrollados como los Estados Unidos de América han convertido oficialmente en un delito de rango Federal el maltrato y crueldad a los animales después de que se aprobara en el año 2019 la Ley PACT, e incluso Alemania, desde el 2 de agosto de 2001, en su Grundgesetz für die Bundesrepublik Deutschland (Constitución de la República Federal de Alemania), defiende el derecho de los animales siendo su protección como una de las tareas principales del Estado.
En la Argentina, en el año 2014, la Cámara Federal de Casación Penal, Sala 2, fijo uno de los primeros fallos que tratan al animal como un «sujeto de derecho no humano» al reconocer al animal el carácter de sujeto de derechos. Por lo que se impone su protección en el ámbito competencial correspondiente
En nuestra legislación, el maltrato y crueldad animal es un delito, desde que se refiere a la protección del animal desde el ámbito del derecho penal, estableciendo penas privativas de la libertad para las personas que incurran en tales hechos.
El Dr. Martin Caraballo presta sus servicios profesionales para todas aquellas personas, particulares, instituciones públicas o privadas, entes y organizaciones sin fines de lucro, en forma totalmente gratuita a fines de llevar a cabo la defensa y aplicación de estos derechos en el ámbito penal, tanto si el perjudicado son mascotas o animales de la fauna silvestre, desde su denuncia y tramites completos de causas penales de esta índole, a fines de combatir desde su aporte altruista el tráfico ilegal de todo tipo de especie, la caza y pesca indiscriminada e ilegal, la degradación medioambiental y la destrucción de la biodiversidad.